Panamá incorpora en su legislación del sector eléctrico la Ley 295 de 25 de abril de 2022 “Que incentiva la movilidad eléctrica en el transporte terrestre” (en adelante, Ley de Movilidad Eléctrica) publicada en la Gaceta Oficial No. 29523-A, que incentiva la movilidad eléctrica en el transporte terrestre y cuyo propósito es reducir la emisión de gases de efecto invernadero aumentando el uso de energías renovables. La Ley de Movilidad Eléctrica comenzará a regir el año fiscal siguiente a su promulgación.

Dicha Ley define “movilidad eléctrica” como el enfoque sistémico que comprende el uso de vehículos eléctricos, la infraestructura de carga eléctrica y el tráfico vehicular para promover el bienestar humano por medio de la eficiencia del transporte y la reducción de gases de efecto invernadero.

Sin duda, el paso a la movilidad eléctrica es una de las mayores disrupciones ocurriendo actualmente en el mundo, principalmente en países de la Unión Europea y América Latina, con lo cual, la promulgación de la Ley de Movilidad Eléctrica constituye un paso significativo para nuestro país, no sólo en materia de eficiencia energética sino también en la protección del medio ambiente y la mejora de la calidad de vida

La Ley de Movilidad Eléctrica establece un marco normativo que impone a las instituciones públicas del Gobierno Nacional, autónomas y semiautónomas, el reemplazo de su flota vehicular por autos eléctricos de manera progresiva (10% para el año 2025, 25% para el año 2027 y 40% para el año 2030).

En el caso del transporte público, colectivo y selectivo, se establece un mínimo de introducción de 10% de la flota de vehículos eléctricos para el año 2025, 20% para el 2027 y en el 2030 deben constituir el 33% de este segmento.

Como incentivo económico se contempla la exoneración del pago de trámites de placa de circulación vehicular por un periodo de cinco años, a partir de la fecha de compra en caso de vehículos eléctricos nuevos, y a partir de la fecha de promulgación de esta Ley para aquellos vehículos eléctricos adquiridos con anterioridad. En adición, el Impuesto Selectivo Al Consumo (ISC) para importación de los vehículos automotores terrestres eléctricos será de 0% hasta el 31 de diciembre del 2030 y a partir del 1 de enero del 2031 será del 5%, mientras que para los vehículos automotores terrestres híbridos se fija en un 10%.

A manera de conclusión, la nueva Ley de Movilidad Eléctrica establece en Panamá mecanismos que agilizan la migración y/o incorporación de los sistemas de movilidad eléctrica necesarios para lograr los niveles de modernización y de reducción de emisiones de carbono en nuestro país. Esta nueva Ley de la República constituye una acción contundente no sólo para transformar la movilidad del país, sino también para elevar la calidad de vida de sus ciudadanos y la de las próximas generaciones.

 

Doris Nieto
Asociada
ALCOGAL

 

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