Miles de personas cada año se ven en la necesidad de buscar una residencia que se adapte a sus necesidades laborales o a sus aspiraciones profesionales. Dependiendo de cada una de aquellas particularidades los aspirantes – profesionales o inversores – deben acoplarse a las regulaciones de cada nuevo país de residencia.

Para una empresa en crecimiento, para inversores extranjeros o profesionales recién designados a un puesto en Panamá de nacionalidad extranjera, el permiso de trabajo y la residencia temporal y/o permanente, se convierte en requisito indispensable.
Identifique su categoría migratoria
Lo primero que debe hacer una empresa que contrata a un extranjero o, de tratarse de un extranjero que viene a Panamá con el ánimo de invertir, es evaluar la categoría que mejor convenga a sus necesidades y las de la empresa.
Panamá otorga residencias en diversas categorías, bien definidas por el Servicio Nacional de Migración, de acuerdo con su creación mediante Decreto Ley No.3 del 22 de febrero de 2008 y todas sus modificaciones. De acuerdo con el Artículo 6 de dicho decreto, es responsabilidad del Servicio Nacional de Migración “organizar, dirigir, registrar, fiscalizar y prestar el servicio migratorio a los extranjeros y velar por el control efectivo de su estadía en el país, dentro de los límites que establece el presente Decreto Ley”.

Según el mismo decreto existen las siguientes categorías migratorias en Panamá:
• No residente
• Residente temporal
• Residente permanente
Las residencias se conceden por distintos motivos:
• Por razones Laborales.
• Por políticas especiales (Ejecutivo de Compañía Internacional, Sedes de Empresas Multinacionales)
• Por razones de Educación.
• Por razone Religiosas.
• Por razones Humanitarias
• Por razones económicas (apertura de depósitos de plazo fijo, inversión en bienes inmuebles).
• Por Jubilación
• Por Reagrupación Familiar.
• Casado con Nacional

Requisitos obligatorios
Existen requisitos comunes para todas las categorías migratorias:
1. Pasaporte vigente, en buen estado y con páginas disponibles.
2. Certificado de antecedentes penales del país de origen, el cual debe cumplir con lo siguiente:
• Ser emitido por autoridad competente a nivel nacional o federal.
• Legalizado o Apostillado por el Consulado de Panamá en su país de origen.
Este documento aplica para mayores de 18 años y el mismo no debe contener registro o historial criminal.
• Ser emitido por autoridad competente a nivel nacional o federal.
• Legalizado o Apostillado por el Consulado de Panamá en su país de origen.
(Este documento aplica para mayores de 18 años y el mismo no debe contener registro o historial criminal.)
3. Certificado de buena salud expedido por un médico panameño.
4. Pago por derecho a solicitar residencia.
5. Completar los formularios de declaración jurada y afiliación al sistema migratorio.

Si el interesado desea solicitar la residencia migratoria con su familia, debe demostrar el parentesco, a través de los siguientes documentos:
1. Certificado de nacimiento de los hijos, legalizado o apostillado por el Consulado de Panamá en su país de origen.
• Si los hijos son mayores de 18 años, aplican requisitos adicionales.
2. Certificado de matrimonio, emitido en fecha reciente a la solicitud de residencia y legalizado o apostillado por el Consulado de Panamá en su país de origen.

Etapas del trámite
Dentro del proceso de solicitud de residencia, el interesado pasará por una serie de etapas que forman parte del trámite migratorio, los cuales ilustramos a continuación:
1. El primer paso consiste en ingresar sus datos personales al sistema interno del Servicio Nacional de Migración, este trámite se conoce como Registro de Afiliación.
2. A continuación, su abogado solicitará en su representación el permiso de residencia.
3. Tan pronto el punto anterior haya culminado, es necesario que acuda a la oficina de Migración para obtener el carné migratorio y código QR al reverso del carné con la frase: válido para viajar.
• El código QR reemplaza actualmente el estampado de visa múltiple.

4. En cualquier momento, la autoridad podrá solicitar la actualización de documentos, el reemplazo de alguno de ellos o pedir algo distinto a los requisitos previamente establecidos.

Una vez el expediente es evaluado y todo se encuentra a satisfacción, el Servicio Nacional de Migración concederá una Resolución aprobando el permiso migratorio provisional o permanente.
Con la asesoría adecuada en temas migratorios, la solicitud de residencia en Panamá se convierte en un proceso manejable, ágil y sin inquietudes, que traerá enormes beneficios.

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