Autor: Diego Anguizola

Pese a que la economía panameña está basada en servicios bancarios, legales, de seguros, de transporte y de turismo, hay otros sectores que en los últimos años han empezado a crecer. Uno de ellos es el de la industria manufacturera, que ha visto el potencial que ofrece Panamá y las facilidades – el centro bancario internacional, el dólar americano como moneda, su infraestructura y hub aéreo internacional, entre otros – sumado a la promoción que ha hecho el Estado para atraer inversiones.

Dentro de este último aspecto encaja el establecimiento de regímenes legales que crean incentivos para atraer inversiones, no solo de empresas multinacionales grandes, sino también aquellas pequeñas o medianas que tengan huella internacional. Es aquí donde encaja la ley EMMA y su reglamentación (el Régimen EMMA), que ofrece incentivos atractivos, tales como el del pago del impuesto sobre la renta a una tasa del 5% (y no la tasa general de 25%), la Visa EMMA (que permite contratar personal extranjero sin límite a su número) y la exención del pago del impuesto de dividendos.

Para poner en perspectiva cómo este tipo de régimen legal beneficia a nuestra economía, pongamos el ejemplo de Procter & Gamble (P&G), empresa que cuenta con una Licencia SEM (similar a la Licencia EMMA). P&G ha tenido que hacer una inversión enorme en Panamá, de manera directa, al tener que invertir en un local para sus oficinas, así como pagar por servicios profesionales de abogados, contadores, empresas de seguros y servicios financieras, y de manera indirecta, al trasladar a cientos de familias a nuestro país, cada una de las cuales requiere de alquilar (o comprar) una casa, realizar supermercado, pagar matrículas escolares, pagar seguro, servicios médicos, entre otros, muchas de las cuales ya llevan 10 o 15 años y tienen a Panamá como su segundo país.

Los requisitos principales

Aunque existen varios requisitos a cumplir, los requisitos principales para la obtención de la Licencia EMMA los podemos reducir a tres: (1) contar con activos iguales o mayores a 75 millones de dólares, (2) contar con empresas que operen fuera de Panamá (filiales extranjeras), y (3) que la empresa aplicante se vaya a dedicar exclusivamente a prestar uno o más de los Servicios SEM a una o más de sus filiales extranjeras.

Con respecto al primer requisito principal (activos iguales o mayores a 75 millones), se puede pensar que el Régimen SEM es sólo para aquellas empresas multinacionales de mayor tamaño. Sin embargo, es importante resaltar que dicho requisito se exceptúa en aquellos casos donde la empresa aplicante fuese a prestar servicios a un mínimo de 3 filiales. Eso es más asequible para varias empresas que tener 75 millones; puede ser una empresa pequeña o mediana, pero con cierta huella internacional.

Con respecto al segundo requisito principal (contar con filiales extranjeras), se puede pensar que esto se limita a grupos empresariales que tienen una estructura compleja y en varias partes del mundo. Sin embargo, también puede tratarse de una empresa que tiene dos o tres filiales que tuviesen presencia en un país vecino o de la región.

Finalmente, con respecto al tercer requisito principal (prestar exclusivamente Servicios EMMA a una o más de sus filiales extranjeras), debemos resaltar que entre estos se encuentran los de ensamblaje, mantenimiento y reparación de productos, maquinaria y equipo; servicios de logística, como el almacenaje, despliegue y centro de distribución de componentes o partes; y servicios de desarrollo, investigación o innovación de productos.

 El trámite de licencia

Las empresas o multinacionales que aspiran instalarse en Panamá tienen que presentar una solicitud ante la Secretaría Técnica de Sedes de Empresas Multinacionales en el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI).

Se trata de un formulario estándar que han preparado en donde se pide que explique los datos de la compañía, cuál es el grupo económico, los Servicios EMMA, filiales a las que se prestarían los mismos, etc., y con la cual se aportan documentos complementarios, entre los cuales destacamos: una copia del pacto social de la empresa aplicante, y sus enmiendas (de haberlas); una declaración de intención de establecerse en Panamá; un estado financiero consolidado que evidencie activos iguales o mayores a 75 millones (o, alternativamente, una declaración jurada en la que se indica que se prestará servicios a 3 filiales); una carta de referencia bancaria; una certificación donde se identifica a los accionistas de la empresa aplicante; un organigrama del grupo empresarial, y una presentación en PowerPoint (PPT).

La comisión interinstitucional que revisa las aplicaciones de licencias se reúne generalmente una vez al mes y analiza caso por caso las solicitudes de licencia. El equipo de la Secretaría Técnica SEM, ante la cual se presenta la aplicación y la tramitación de la licencia, se caracteriza por su atención profesional y eficiente, con lo cual el trámite no suele tardar más de dos meses, entre que se presenta la aplicación y la misma es aprobada.

Consulte a su abogado

Es importante señalar que el trámite de la aplicación para la Licencia EMMA, al igual que el trámite de otras licencias de esta naturaleza (como la Licencia SEM), se debe realizar a través de abogado. Dicho abogado debiese estar en capacidad de asesorar a su empresa en cada paso, desde un análisis u opinión preliminar respecto a la posibilidad de que su empresa aplique a la Licencia EMMA, hasta la presentación del formulario y la atención a cualesquiera comentarios que tuviese la comisión para la aprobación de esta.

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