Autor: Kathy Benavides
Todos los días empresas y emprendedores alrededor del mundo crean una marca. Las marcas son las que dan vida a sus productos y servicios, las que crean vínculos emocionales, promueven la asociación de ideas y sustentan las estrategias de mercadeo.
Por eso, antes de registrar una marca es crucial tomar en consideración que existe un proceso que se debe cumplir, en especial, si se piensa iniciar una nueva aventura comercial en Panamá o bien, extender su participación en nuevos mercados potenciales.
Adicionalmente, el registro adecuado de una marca protege la propiedad intelectual de las personas naturales y organizaciones, además de que les permite a los productos y servicios de estas empresas operar en el territorio nacional.
El registro de marcas en Panamá está a cargo de la Dirección General de Propiedad Industrial del Ministerio de Comercio e Industrias y se rige por la Ley 35 del 10 de mayo de 1996.
Esta norma, con sus modificaciones en el año 2012, tiene por objeto la protección de invenciones, modelos de utilidad y dibujos industriales, los secretos comerciales e industriales, las marcas de productos y servicios, las marcas colectivas y de garantías, las indicaciones geográficas y de procedencia, así como las denominaciones de origen, los nombres comerciales, y las expresiones y señales de propaganda.
Primeros pasos para registro de una marca
En Panamá existen distintos tipos de registro de marca, entre ellos:
Marca denominativa:
Consiste en el registro de marca simple, se trata de las marcas que son constituidas por expresiones de pronunciación o sin significado, sin logo alguno.
Marcas Mixtas:
Este tipo de registro está enfocado en aquellas marcas que están integradas por elementos figurativos y denominativos; es decir, identificados por una gráfica especial por la que se les considera como marcas mixtas. Adicionalmente existen las expresiones de propaganda de la marca, las cuales también se registran.
Requisitos para el registro de marca
- Si se trata de una persona natural, debe presentar cédula de identidad personal vigente.
- En el caso de extranjeros mayores de edad, debe presentar pasaporte vigente junto a un certificado de existencia legal de la sociedad expedida por la autoridad competente de su país de origen.
- Para las personas jurídicas, se deberá presentar un Certificado del Registro Público vigente y original.
- Presentación de un poder notarial y declaración jurada en donde se indique el modo en el cual se empleará la marca al momento de entrar en vigencia.
- Presentar seis etiquetas de la marca.
- Presentar descripción detallada del producto, servicio o empresa que se desea registrar. Para ello deberán completar correctamente la solicitud del Registro de Marca, a la se puede acceder mediante el siguiente enlace.
- Certificación de la Zona Libre de Colón.
- Certificado de Garantía por el total de B/.100.00 refrendado al tesoro nacional.
- Fotocopia autenticada del Aviso de Operación o licencia provisoria.
- La tasa de impuestos por los registros marcarios se encuentra aproximadamente en un valor estimado de $140.50.
Un elemento primordial para todo registro de marca en Panamá es verificar la disposición de marca y la disponibilidad del nombre.
Para este paso, las empresas deben analizar si existe la disponibilidad de su nombre debido a que, de existir otra marca registrada previamente, se abre paso a una demanda de oposición.
Estas demandas pueden durar aproximadamente cuatro años en los que la marca no puede operar hasta tanto no se resuelva dicho caso.
Las empresas tienen la opción de abandonar la marca como última instancia, dependiendo del fundamento establecido en la demanda de oposición; un proceso engorroso y oneroso.
El registro de marca toma aproximadamente nueve meses.
Fundamentalmente, si una empresa aspira registrar su marca, debe asesorarse para apegarse a la ley y buscar los parámetros que establece el ente regulador, y consultar con un abogado especialista en temas de marca para evitar cualquier oposición de marca.