Decreto Ejecutivo No. 5 de 2026
Mediante el Decreto Ejecutivo No. 5 de 2026, publicado en la Gaceta Oficial el 13 de marzo de 2026, el Órgano Ejecutivo introdujo ajustes normativos al régimen del Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria, mediante la modificación parcial del Decreto Ejecutivo No. 6 de 11 de marzo de 2025, con el objetivo principal de extender el plazo para la presentación de solicitudes y adecuar disposiciones relacionadas con su aplicación.
Aspectos clave
- Prórroga del plazo de solicitud
Se prorroga por un (1) año el término para la presentación de solicitudes del Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria, contado a partir de la promulgación del decreto. - Entrevista o evaluación opcional
La persona extranjera que opte por este permiso podrá ser sometida, de manera opcional, a una entrevista o evaluación por parte del Servicio Nacional de Migración y/o del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, según corresponda, para determinar la procedencia del otorgamiento, la cancelación o la negación del permiso. - Entrada en vigor
El decreto rige a partir de su publicación, es decir, a partir del 13 de marzo de 2026.
¿A quiénes aplica y cuál es su impacto práctico?
“Aplica a toda persona extranjera que, a la entrada en vigor del Decreto Ejecutivo, se encontrará irregular dentro del territorio nacional y haya permanecido por un período no menor de un año en el país”.
En este contexto, la prórroga introducida por el Decreto Ejecutivo No. 5 de 2026 amplía el margen temporal para que las personas que cumplan con estos requisitos presenten su solicitud de regularización migratoria, manteniéndose la evaluación individual de cada caso por parte de las autoridades competentes.
Alcogal cuenta con un equipo con amplia experiencia en derecho migratorio y laboral, y se mantiene atento a los desarrollos regulatorios que impactan a personas naturales y empresas con operaciones en Panamá.
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