El 7 de noviembre de 2024, la Junta Directiva de la Superintendencia del Mercado de Valores (la, “SMV”) adoptó el Acuerdo No. 7-2024 (el, “Acuerdo”), eliminando el requisito de registro para mercado secundario de ciertos títulos valores y/o instrumentos financieros. Esta medida fortalece la competitividad de Panamá y facilita la integración con mercados internacionales, alineando a Panamá con prácticas globales en la negociación de valores.
El Acuerdo establece que los valores emitidos bajo la Regla 144A y la Regulación S del U.S. Securities Act de 1933 quedan exentos del requisito de registro ante la SMV, para su listado y negociación en mercado secundario a través de bolsas de valores autorizadas para operar en Panamá. Dichos valores están regidos por las leyes de los Estados Unidos de América, una jurisdicción reconocida por la SMV. Además, el Acuerdo permite la posible incorporación de valores y/o instrumentos financieros emitidos en otras jurisdicciones reconocidas por la SMV, lo que ampliaría aún más las opciones de inversión, el fortalecimiento del mercado local y la promoción de nuevas oportunidades en el mercado internacional.
Las bolsas y centrales de valores autorizadas para operar en Panamá establecerán sus propias normas sobre listado, negociación, custodia y liquidación de estos valores y/o instrumentos financieros, sujetas a la aprobación de la SMV y en concordancia con lo dispuesto en el Acuerdo y en la Ley de Valores. También podrán recibir información en otros idiomas, facilitando el acceso a inversionistas de diversas partes del mundo. Las referidas bolsas de valores y centrales de valores deberán definir un régimen de revelación de información que garantice la transparencia en la oferta de estos valores y/o instrumentos financieros exentos de registro. Para ello, los documentos de oferta deberán incluir una advertencia clara indicando que estos valores y/o instrumentos financieros no están registrados en la SMV ni sujetos a su supervisión, y que no gozan de los beneficios fiscales otorgados a los emisores registrados. Asimismo, las bolsas deberán remitir una copia de dichos documentos a la SMV.
Este Acuerdo, vigente tras su publicación en Gaceta Oficial, moderniza el mercado de valores panameño y refuerza su atractivo como destino de inversión. La medida busca incentivar la liquidez del mercado secundario y mejorar la eficiencia de la negociación de valores internacionales a través de bolsas de valores en Panamá. Sin embargo, exige mayor diligencia por parte de los inversionistas al evaluar riesgos, al no contar con el respaldo regulatorio de la SMV. Además, la implementación de esta exención de registro requerirá que los participantes del mercado adopten mejores prácticas en la divulgación de información y gestión de riesgos.
Con esta medida, Panamá reafirma su posición como un centro financiero dinámico y abierto a la negociación de valores internacionales, fortaleciendo su integración con el sistema financiero global y consolidando su papel como un destino atractivo para la inversión extranjera.
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