El Nuevo Código Procesal Civil de Panamá introduce un cambio trascendental: la incorporación de las tecnologías de la información y de la inteligencia artificial (IA) para facilitar y agilizar el acceso a la justicia en los procesos judiciales por medio de un Sistema Automatizado de Gestión Judicial habilitado para efectuar todo tipo de acto procesal lo cual responde a una tendencia global que busca preservar los principios que rigen este nuevo Código, como lo son celeridad, la transparencia, la legalidad procesal, la tutela judicial efectiva y debido proceso, pilares que buscan garantizar un sistema más accesible y eficiente para los ciudadanos.
La incorporación de la inteligencia artificial en el ámbito judicial puede despertar cierta incertidumbre o incluso temor, particularmente por los riesgos asociados a la opacidad en el funcionamiento de los algoritmos y por la inquietud que genera pretender que la inteligencia artificial adopte decisiones en materias que exigen del juez no solo la aplicación técnica de la norma, sino también de la aplicación de reglas de juicio sobre valoración de las pruebas y la capacidad de razonar con criterios de justicia humana
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Lejos de ignorar estas preocupaciones, la reforma del Código Procesal Civil establece en el Artículo 172, límites claros al uso de estas herramientas. La norma permite el empleo de la inteligencia artificial y otros medios tecnológicos únicamente cuando se garanticen la inmediación del juez, la transparencia, la compatibilidad ética y la utilidad para la administración de justicia. Además, dispone que será el Órgano Judicial quien determine qué actos procesales podrán ser tramitados mediante IA, lo que implica una implementación gradual y controlada. Y lo más importante, el artículo establece expresamente que la inteligencia artificial no reemplazará el razonamiento humano del juez o magistrado.
Aunado a lo anterior, tal como advirtió el Licenciado Ramón Antonio Peláez Hernández en el XIX Congreso Panameño de Derecho Procesal 2024 celebrado en Azuero, la utilización de tecnologías en el ámbito judicial no puede concebirse como una sustitución de la labor humana, sino como un mecanismo de facilitación y apoyo. Y añade en línea con lo previsto por la normativa panameña que “en punto del uso de la inteligencia artificial, se debe concebir como una herramienta para facilitar la labor del juez, pero en ningún caso supone separarlo para delegar en dicha inteligencia la resolución de los conflictos, pues desde ya es preciso advertir que el análisis crítico de la prueba es el que determina el sentido del fallo, y en ese punto, las máquinas carecen de esa capacidad sensoperceptiva”.; por esto, la IA debe entenderse como un complemento que ayude a agilizar trámites y organizar expedientes, sin dejar a un lado el elemento humano que da legitimidad a las resoluciones; la sana crítica.
Panamá no se encuentra sola en esta ruta. Países como Colombia han avanzado en la materia con el Decreto 806 de 2020 y la Ley 2213 de 2022, que incorporaron de manera permanente la justicia digital en su ordenamiento. En la Unión Europea, con la EU Artificial Intelligence Act, ha incorporado un reglamento que diferencia entre sistemas de alto y bajo riesgo, restringiendo especialmente el uso de IA en la administración de justicia, mientras que en Brasil y Argentina se observan iniciativas legislativas para la facilitación del acceso a fallos de tribunales.
Estas incorporaciones modernas representan una respuesta inmediata a la carga procesal, al mismo tiempo que permite la agilización de trámites judiciales e incrementarla accesibilidad de la justicia para los ciudadanos. No obstante, en Panamá persisten retos concretos: la posibilidad de sesgos en estos sistemas y la necesidad de garantizar una infraestructura tecnológica adecuada en todo el país y, sobre todo, el riesgo de trasladar a la inteligencia artificial funciones que requieren la deliberación crítica y el juicio humano.
Aunque la inteligencia artificial promete un sistema judicial más ágil y eficiente, la legitimidad de las decisiones judiciales seguirá dependiendo, ineludiblemente, del juicio humano. El verdadero desafío no consiste únicamente en modernizar la justicia siguiendo tendencias internacionales, sino en asegurar que la incorporación de estas herramientas tecnológicas no erosione principios esenciales como la independencia judicial, la motivación razonada y la confianza ciudadana en la imparcialidad de los tribunales.
En Alcogal, seguimos de cerca el desarrollo normativo y la implementación tecnológica en el ámbito judicial, conscientes de que la digitalización responsable será clave en la transformación de los procesos civiles en Panamá. Nuestro compromiso es acompañar a nuestros clientes y al sistema de justicia en esta transición, combinando innovación con rigor jurídico.
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