El nuevo Código de Procedimiento Civil, adoptado por la Ley No. 402 del 9 de octubre de 2023 y que entrará en vigor en octubre de este año, representa una reforma profunda al sistema judicial civil en Panamá. Su objetivo es claro: lograr juicios civiles más rápidos y con menos formalismos, preservando las garantías y derechos de las partes, que dan sentido a una justicia efectiva.
El artículo 1 consagra veinticinco principios procesales fundamentales, enfocados para garantizar la eficiencia, transparencia y equidad en los procedimientos judiciales. Estos principios están conectados entre sí y forman un sistema armónico que guía la labor de jueces, abogados y demás actores del proceso.
El principio de Constitucionalización del proceso es el eje central del nuevo Código de Procedimiento Civil y el principio que inspira toda su reforma. Su propósito es que las reglas y estructuras procesales no solo agilicen los trámites judiciales, sino que garanticen de forma efectiva los derechos fundamentales de las partes, con procedimientos más humanos, equilibrados, cónsonos con la realidad. Este enfoque reconoce que la justicia no puede depender de trámites excesivos ni de expedientes interminables, sino de un modelo que ofrezca igualdad de oportunidades, decisiones motivadas y plazos razonables, en línea con la Constitución y los estándares internacionales de derechos humanos.
El principio o técnica de la oralidad es uno de los cambios más visibles y transformadores del nuevo Código de Procedimiento Civil. El nuevo modelo se estructura en torno a audiencias; un espacio de contacto directo entre el juez, las partes y los hechos. Aquí el Juez, asume un papel más activo con las partes, impulsa el proceso, resuelve incidencias y dirige la práctica de pruebas, todo lo cual, lo faculta para resolver los litigios en un plazo razonable. Este sistema deja atrás la tramitación basada exclusivamente en escritos y expedientes voluminosos, que por años fueron la causa de la mora judicial y la dilación en la tramitación de los procesos. Con la oralidad, las actuaciones centrales del proceso, presentación y admisión de pruebas, e incluso la decisión del caso, se concentran en menos sesiones, reduciendo plazos y haciendo más eficiente la resolución del conflicto.
Junto con ello, principios como Control de Convencionalidad, Tutela judicial efectiva, Igualdad, Motivación Jurídica, Congruencia, la lealtad y buena fe procesal y otros, refuerzan la idea de un proceso más equilibrado y ágil, pero con decisiones fundadas y respetuosas de los derechos de las partes. En definitiva, el objetivo es construir una justicia civil adaptada a la necesidad de simplificar trámites y obtener resultados en un plazo razonable, asegurando la tutela judicial efectiva que debe guiar a todo sistema de justicia.
En otra publicación, ampliaremos el análisis con el resto de principios que integran las nuevas directrices del Código de Procedimiento Civil.
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